Auto Supremo AS/0608/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2019

Fecha: 22-Oct-2019

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6.- En relación a los dobles aguinaldos condenados y los incrementos salariales, precisa que a fs. 108 a 114, se tiene demostrado y comprobado los pagos de las últimas tres gestiones realizados al actor, por lo cual según la ley se presume que las anteriores gestiones también fueron pagados, conforme determina el art. 179 y siguientes del CPT, presunciones legales que operan por analogía al caso del pago de aguinaldos e incrementos salariales que se acreditan con los pagos de los últimos tres años mediante los finiquitos de beneficios sociales por conclusión de contrato por periodo académico; además que no resulta lógico que un trabajador que no le hubiesen pagado los aguinaldos e incrementos salariales, deje de reclamarlos no un mes, no dos meses, no tres meses, sino de manera permanente durante 5 años; sin embargo, el trabajador no realizó ningún reclamo durante todo este tiempo