Auto Supremo AS/0608/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el

En tal sentido, el argumento del recurrente, que pretende que se aplique por analogía las presunciones legales del art. 182 incs. g) y h) del CPT que están limitados al pago de salarios y vacaciones y no al pago determinado en el proceso, no es legal, por lo cual corresponde desestimar el argumento del recurso.
Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación en el fondo, al carecer de sustento legal; ajustándose el Auto de Vista recurrido a las leyes en vigencia, corresponde resolver en el marco de la disposición legal contenida en el art. 220.II del Código Procesal Civil (CPC), aplicable por la norma remisiva contenida en el art. 252 del CPT, en observancia a la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Nº 439