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    Auto Supremo AS/0907/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0907/2019-RRC

    Fecha: 07-Oct-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 18 de marzo de 2019, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 58/2018 de 18 de septiembre (fs
    • Contra la referida Sentencia, el imputado Pastor Lozada Almaraz formuló recurso de apelación restringida (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 462/2019-RA de 17 de junio,
    • Reclama el recurrente que el Auto de Vista impugnado incurrió en incongruencia omisiva al no
    • El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado; en consecuencia, disponga
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 462/2019-RA de 17 de junio, de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 58/2018 de 18 de septiembre, el Tribunal de Sentencia Primero del Tribunal Departamental
    • Se produjo el robo del dinero dejado en la bóveda de la Cooperativa San Luis
    • II.2. Del recurso de apelación restringida del imputado
    • Notificado con la Sentencia, Pastor Lozada Almaraz, interpone recurso de apelación restringida, bajo los siguientes
    • La Sentencia se encuentra correctamente redactada y cumple con las condiciones exigidas por los arts
    • En cuanto al agravio de Sentencia previsto por el art
    • III.1. Del precedente invocado
    • El recurrente, invocó el Auto Supremo 323/2013-RRC de 6 de diciembre, que fue dictado por
    • El art
    • De las normas expuestas, se establece que la Tutela Judicial, constituye una garantía jurisdiccional fundamental,
    • Sobre lo desarrollado, es menester hacer referencia al art
    • Además, resulta necesario señalar partiendo del principio constitucional de celeridad, que debe entenderse que la
    • Del precedente expuesto, se tiene que resolvió una cuestión procesal referida a la falta de
    • III.2. Actividad procesal defectuosa, nulidades procesales y principios que las rigen
    • Antes de analizar el caso concreto, es preciso tener presente que el régimen de nulidades
    • “El principio de legalidad o especificidad, señala, no hay nulidad sin texto (pas de nullite sans texte);
    • El principio de Subsanación, que establece que no hay nulidad si el vicio alegado, no influye
    • Todos estos principios (y otros que no fueron citados) orientadores de las nulidades, deben ser
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • A los fines de la resolución del presente motivo del recurso, es preciso referir con
    • Ahora bien, para una mejor comprensión cada punto de apelación que a decir del recurrente
    • Al respecto el Auto de Vista impugnado en relación al defecto de sentencia previsto por
    • De los fundamentos expuestos por el Auto de Vista impugnado, se tiene que si bien
    • De la revisión del acta de audiencia de continuación de juicio oral de 7 de
    • De lo anterior, se tiene que el reclamo vertido por el recurrente resulta sin base
    • Por los argumentos expuestos, en atención a los principios que conforman el sistema de nulidades
    • En cuanto, al segundo punto del motivo, conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados
    • Respecto a lo cual, el Auto de Vista impugnado señaló que la Sentencia estaba correctamente
    • Continuando con los fundamentos del Auto de Vista impugnado, en cuanto al agravio de sentencia
    • De esa relación necesaria de antecedentes se tiene que los argumentos asumidos por el Tribunal
    • Por los argumentos expuestos, se concluye que el Auto de Vista impugnado, no incurrió en
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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