Auto Supremo AS/0907/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0907/2019-RRC

Fecha: 07-Oct-2019

Continuando con los fundamentos del Auto de Vista impugnado, en cuanto al agravio de sentencia


Continuando con los fundamentos del Auto de Vista impugnado, en cuanto al agravio de sentencia previsto por el art. 370 núm. 6) del CPP, señaló que el recurrente impugna o le resta valor a la declaración del tesorero de la Cooperativa Ernesto Suarez; sin embargo, el testigo describió ampliamente y en forma detallada los hechos ocurridos el 5 de septiembre de 2015, cuando tuvo conocimiento del Robo perpetrado en la bóvedas de la Cooperativa, aclara el Tribunal de alzada que el recurrente pretende desviar las declaraciones de los testigos y otorgarle otro significado para pretender deslindar su responsabilidad en el hecho, que en el segundo y tercer hecho probado se hacía una relación detallada, empero el recurrente confundía los delitos de robo y robo agravado siendo que entre ambos existen diferencias, en ese sentido precisó, que el art. 20 del CP, era aplicable al caso de autos porque el imputado estuvo presente en el momento y lugar del hecho y fue reconocido como autor del delito de Robo y para corroborar dicho aspecto, constata el Tribunal de alzada que el Tribunal de mérito valoró las pruebas en forma debida sin incurrir en ningún defecto, tanto de la prueba literal como testifical que evidencian la participación del imputado en el hecho delictivo de Robo