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    Auto Supremo AS/0997/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0997/2019-RRC

    Fecha: 22-Oct-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 1 de abril de 2019, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Los recurrentes previa cronología del Auto de Vista impugnado aducen que contraviene el art
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 551/2019-RA de 2 de agosto, de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Jorge Vargas Gómez en su calidad de acusador particular interpuso recurso de apelación restringida y
    • En relación al agravio inserto en el art
    • En relación a la denuncia del agravio inherente al art
    • En el caso presente, la parte recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado: i)
    • Una de las finalidades del Estado boliviano acorde al art
    • También, este Tribunal en forma continua y coherente, ha manifestado que las resoluciones emitidas por
    • De donde se establece, que la fundamentación de las Resoluciones implica el deber de explicar
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • III.2.1. Primer motivo de casación
    • Auto Supremo 26/2013 de 8 de febrero, emitido por la Sala Penal Primera, en una
    • En ese entendido, no existe fundamentación en el Auto de Vista cuando en el mismo
    • En consecuencia, se evidencia la existencia de un fallo dictado sin la observancia de las
    • En relación a la denuncia de casación en el entendido que el Auto de Vista
    • En relación al agravio inherente al art
    • Por lo tanto la respuesta del Auto de Vista impugnado es suficiente y motivada, absolviendo
    • III.2.2. Segundo motivo de casación
    • Auto Supremo 83/2013 de 26 de marzo, que a decir de la parte recurrente y
    • En relación a la consigna expuesta por la parte recurrente este Tribunal advierte que el
    • Por cuanto la respuesta del Auto de Vista impugnado es suficiente y motivada, absolviendo de
    • III.2.3. Tercer motivo de casación
    • Auto Supremo 82/2013 de 26 de mayo, que fue pronunciado por la Sala Penal Primera,
    • Precisado el motivo de casación y la doctrina contenida en el precedente, se evidencia de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Fdo
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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