Auto Supremo AS/0997/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0997/2019-RRC

Fecha: 22-Oct-2019

En relación al agravio inserto en el art


En relación al agravio inserto en el art. 370 inc. 6) del CPP, referente a que la Sentencia incurre en una defectuosa valoración de la prueba objetiva de cada elemento, el Tribunal simplemente se limitó a citar y enunciar las pruebas MP-1, MP-2, MP-3, MP-4, MP-6 Y MP-7, en la misma medida simplemente se limita a referir a los testigos sin precisar el contenido esencial de sus atestaciones, llamando la atención a los de alzada el análisis arribado por el Tribunal de juicio, más aún porque no se compara con la labor intelectual y racional de determinar la pertinencia o su irrelevancia de cada prueba conforme a las reglas de la sana crítica labor encomendada a toda autoridad judicial, teniendo en cuenta que estaba en la obligación de dejar constancia a los aspectos que le permitieron concluir la pertinencia o impertinencia de los elementos de prueba testifical y documental, pues en el caso de las testificales porqué consideró coherente, incoherente, consistente o inconsistente, veraz o falsa de declaración de los testigos; es decir expresar tanto las razones que se tiene para creer a alguno o algunos de los testimonios, como las razones que se tiene para rechazar o desechar otro u otros, similar tarea debiera realizarse con la prueba documental, dejando constancia sobre el merecimiento o desmerecimiento de cada prueba así como su relevancia o no; empero, la Sentencia no cumple con los parámetros, acreditando la defectuosa valoración de las pruebas producidas en la fase de juicio, vulnerando de forma flagrante las previsiones atinentes a los arts. 173 y 359 y como efecto inmediato la afectación del art. 370 inc. 6) del CPP