Auto Supremo AS/0997/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0997/2019-RRC

Fecha: 22-Oct-2019

En relación a la denuncia del agravio inherente al art


En relación a la denuncia del agravio inherente al art. 370 inc. 5) del CPP, referente a que no exista fundamentación de la Sentencia o ésta sea insuficiente o contradictoria, conforme a la doctrina establecida en el Auto Supremo 65/2012-RA de 19 de abril, en el que consigna la fundamentación descriptiva, fáctica, analítica o intelectiva y jurídica, se observa que la resolución de primera instancia está nutrida por los siguientes acápites “I. DATOS PERSONALES DE LOS ACUSADOS; II.- ENUNCIACIÓN DEL HECHO CIRCUNSTANCIAS QUE HAN SIDO OBJETO DE JUICIO; III.- VOTO DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL; IV.- DESCRIPCIÓN DE LA PRUEBA FÁCTICA; V.- FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA Y VI. PARTE DISPOSITIVA” (sic), bajo esos fundamentos que se hallan consignados en la Sentencia es menester resaltar la inexistencia de la fundamentación descriptiva y analítica o intelectiva, determinando con ello que la Sentencia no cumple a cabalidad con el fallo jurisprudencial previsto anteriormente, en ese sentido el Tribunal de apelación percibe que el Tribunal de juicio a tiempo de emitir su fallo, incurrió en la previsión contenida en el art. 370 inc. 6) del CPP, y por consiguiente al evidenciar y acreditar tal defecto el mismo quebranta la previsión del art. 124 del CPP, referente a la debida fundamentación que debe contener toda resolución, en cuyo mérito no se ha obrado con criterio procesal adecuado tomando en cuenta que en esa instancia procesal al efecto no puede ser reparado de manera directa