Concluye el Tribunal Ad quem, que estas dos causas originan la imposibilidad de cumplimiento que
El vendedor debía cumplir con el saneamiento de los documentos para posteriormente suscribir el documento final de transferencia a fin de que sea registrado a nombre del comprador en la oficina de Derechos Reales, pero el 25 de junio de 2013 les notifican con el informe U.A.T./S.A.Z.S. N° 509/2013 cursante a fs. 59 a 60, que describe la invasión a la via de 23,95 m2 extremo que impide regularizar los documentos de los departamentos. A esta situación se añade la anotación preventiva por un juicio penal.
Por lo que, los demandantes alegan la imposibilidad de obtención del certificado de registro catastral, aprobación de planos legalizados, aprobación del fraccionamiento ideal de propiedad horizontal. En este sentido se comunica al comprador a efectos que desista de la venta de los dos departamentos.
Además se constata que los actores entregan al demandado los dos departamentos y que los vendedores solicitan la cancelación de $us. 30.000 quedando como saldo la suma de $us. 7.000 por concepto de tramitación de documentos pendientes.
A efectos de resolver esta causa se efectúa el análisis correspondiente conforme a la doctrina desarrollada en los apartados III.1 y III.2 como también del art. 577 del Código Civil, haciendo énfasis en la imposibilidad de tramitar el fraccionamiento en propiedad horizontal que abarca a los dos departamentos objeto del presente contrato.
El Auto de Vista recurrido considera lo siguiente:
i) Los vendedores realizan los trámites ante el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP), respecto a la aprobación del catastro del bien inmueble para posteriormente conseguir que se dé curso al trámite de fraccionamiento y división del bien inmueble al régimen de propiedad horizontal, extremo negado por la entidad edil por cuestiones técnicas y legales que son ajenas a la voluntad de los vendedores.
ii) La parte actora hace conocer que sobre el bien inmueble donde se hallan los dos departamentos objeto del compromiso de venta pesa un gravamen (anotación preventiva), referente a un proceso penal seguido a instancias del Viceministerio de Lucha contra la Corrupción, situación que hacen conocer vulneración y menoscabo de algún derecho de la parte compradora.
Concluye el Tribunal Ad quem, que estas dos causas originan la imposibilidad de cumplimiento que son sobrevinientes a la suscripción del contrato por lo que revoca la decisión del Juez A quo
Por lo que, los demandantes alegan la imposibilidad de obtención del certificado de registro catastral, aprobación de planos legalizados, aprobación del fraccionamiento ideal de propiedad horizontal. En este sentido se comunica al comprador a efectos que desista de la venta de los dos departamentos.
Además se constata que los actores entregan al demandado los dos departamentos y que los vendedores solicitan la cancelación de $us. 30.000 quedando como saldo la suma de $us. 7.000 por concepto de tramitación de documentos pendientes.
A efectos de resolver esta causa se efectúa el análisis correspondiente conforme a la doctrina desarrollada en los apartados III.1 y III.2 como también del art. 577 del Código Civil, haciendo énfasis en la imposibilidad de tramitar el fraccionamiento en propiedad horizontal que abarca a los dos departamentos objeto del presente contrato.
El Auto de Vista recurrido considera lo siguiente:
i) Los vendedores realizan los trámites ante el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP), respecto a la aprobación del catastro del bien inmueble para posteriormente conseguir que se dé curso al trámite de fraccionamiento y división del bien inmueble al régimen de propiedad horizontal, extremo negado por la entidad edil por cuestiones técnicas y legales que son ajenas a la voluntad de los vendedores.
ii) La parte actora hace conocer que sobre el bien inmueble donde se hallan los dos departamentos objeto del compromiso de venta pesa un gravamen (anotación preventiva), referente a un proceso penal seguido a instancias del Viceministerio de Lucha contra la Corrupción, situación que hacen conocer vulneración y menoscabo de algún derecho de la parte compradora.
Concluye el Tribunal Ad quem, que estas dos causas originan la imposibilidad de cumplimiento que son sobrevinientes a la suscripción del contrato por lo que revoca la decisión del Juez A quo
- CONSIDERANDO I
- 2
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
- De los reclamos expuestos por Teddy Fernando Botello Loza, se extraen de manera ordenada y
- Petitorio
- Solicitó declarar improcedente o infundado por no haber demostrado ninguna violación a la norma
- DOCTRINA APLICABLE
- Al respecto el Auto Supremo N° 1395/2016 de 05 diciembre, sobre la resolución del contrato
- Que no se haga lugar a la resolución del contrato cuando la imposibilidad sea solamente
- En caso de imposibilidad temporaria puede verificarse especialmente en el contrato de ejecución continuada o
- Ejemplo de imposibilidad temporaria es el de la puesta provisoria de una cosa fuera del
- Pero la imposibilidad temporaria que perdure no puede conducir igualmente a la extinción de la
- Estar dentro de los términos de aplicación del art
- Por su parte, Jorge Joaquín Llambias en su Obra “Tratado de Derecho Civil, Obligaciones, Tomo
- Dentro de la categoría de fuerza mayor o caso fortuito, incorpora al hecho de tercero
- Si el acto proviene de un tercero por el que debe responder el deudor, no
- Continua indicando; “La inejecución es definitiva cuando el hecho que la produce, por su propia
- Es provisional cuando el impedimento que obsta a la ejecución es transitorio, v
- En su misma Obra de referencia, Tomo III, el autor se refiere a la imposibilidad
- “Este es el requisito básico de la presente figura extintiva, que ha de consistir en
- Respecto al segundo (carácter definitivo de la imposibilidad), indica
- Es pertinente aclarar que, cuando el nombrado autor alude al término “pago”, no se refiriere
- III.2. De la valoración de la prueba
- José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señaló que:
- Finalmente de ese examen puede salir la verdad, cuando encuentre conformidad de los hechos afirmados,
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- Por otra parte, respecto a la actividad valorativa de la prueba por parte de los
- CONSIDERANDO IV
- En el fondo
- Siendo de conocimiento del comprador que el trámite de fraccionamiento en propiedad horizontal de los
- Concluye el Tribunal Ad quem, que estas dos causas originan la imposibilidad de cumplimiento que
- Esta situación de suspensión de los trámites no puede ser considerada como un obstáculo definitivo
- Por otra parte, en cuanto a la segunda imposibilidad sobreviniente de la anotación preventiva de
- De la respuesta al recurso de casación
- Consiguientemente, en virtud a los fundamentos expuestos, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el
- Siendo excusable el error no se impone multa a los vocales suscriptores del Auto de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
