Auto Supremo AS/0779/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0779/2019

Fecha: 29-Nov-2019

El auto de vista impugnado, no dio cabal aplicación e interpretación al art 150 del

El auto de vista impugnado, no dio cabal aplicación e interpretación al art 150 del Código Procesal del Trabajo, porque la prueba no solo incumbe al demandado, sino también al trabajador demandante, los vocales no apreciaron la prueba consistente en contratos suscritos con el demandante, que cursan de fs. 2, 3, 5, 7 de actuados procesales, Contratos Individuales a Plazo Fijo Nos. 012/2013; 1158/2014; 461/2015; 400-A/2016, cuyo último contrato en vigencia se extinguió de pleno derecho; así también, omitieron la valoración de la Certificación emitida por la Dirección de Gestión de Recursos Humanos del GAMS, por el cual se demostró que la actora trabajó bajo la modalidad de persona eventual, ejerciendo funciones de libre nombramiento y por lo tanto de libre remoción, vulnerando el debido proceso, existiendo al respecto abundante jurisprudencia constitucional como las SC N° 111/99, SC 668/2010-R y SCP 0492/2011-R de 25 de abril, violando de esta manera los principios del debido proceso, verdad material contenidos en los arts. 180. I de la Constitución Política del Estado; 30 núm 11 y 12 de la Ley del Órgano Judicial