Auto Supremo AS/0779/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0779/2019

Fecha: 29-Nov-2019

La Ley 321, en su art

La Ley 321, en su art. 1, incorpora al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo a las trabajadoras y a los trabajadores asalariados permanentes que desempeñan funciones en servicios manuales y técnicos operativo administrativo de los GAM de capitales de departamentos y El Alto, quienes gozaran de los derechos y beneficios de la LGT y sus normas complementarias, a partir de la promulgación de la presente Ley, del indicado artículo, se tiene que la demandante no era trabajadora permanente, sino era funcionaria pública eventual