Auto Supremo AS/1214/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1214/2019

Fecha: 26-Nov-2019

III.4. Sobre la valoración de la prueba

Finalmente, en el caso de que se acredite que existe posesión, en sus dos elementos, esta debe ser continuada durante 10 años (para la usucapión decenal), lo que implica que la posesión durante ese tiempo se ejerció ininterrumpidamente, de forma pacífica, sin perturbaciones ni alteraciones que signifiquen reclamos por parte del propietario o por un tercero, y de manera pública porque se ha efectuado según la naturaleza del bien sin ocultar a quien tiene derecho a él, reunidos esos caracteres o propiamente requisitos, entonces, se habrá cumplido lo que señala el art. 138 del Código Civil.
III.4. Sobre la valoración de la prueba