Auto Supremo AS/1225/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1225/2019

Fecha: 27-Nov-2019

En el caso de autos, conforme a los datos que cursan en obrados se tiene

En el caso de autos, conforme a los datos que cursan en obrados se tiene que Kattia Marena Álvarez Lima de Tovias, interpuso demanda ordinaria de nulidad de contrato por simulación arguyendo que el 31 de julio de 2014 otorgó en calidad de préstamo de dinero la suma de Bs. 350.000 en favor de su madre Kathia Lima Bravo quien habría garantizado dicha deuda con todos sus bienes habidos y por haber además de haber dejado como garantía el título de propiedad de un lote de terreno de 399,50 m2 de superficie que se encuentra ubicado en la Ciudad de San Borja del Departamento de Beni; y posteriormente, su madre Kathia Lima Bravo, el 22 de mayo de 2015 transfirió en calidad de venta el citado bien inmueble en favor de Carlos Antonio Uria Alarcón quien registró su derecho propietario en la oficina de Derechos Reales; sin embargo señala que este documento de transferencia sería simulado porque su madre con la intención de perjudicarla en su derecho de acreencia habría hecho figurar el mismo como venta cuando en realidad el negocio jurídico celebrado sería un préstamo de dinero por el monto de Bs. 40.000; a tal fin, entre otras pruebas documentales pre constituidas, a fs. 3 adjuntó el documento de préstamo de dinero que suscribió en favor de su madre, con el cual acreditó el “interés legítimo” que tiene para accionar la simulación del contrato de transferencia y su respectiva calidad de tercera, pues pretende la nulidad de un documento en el que no es parte contratante, lo que conlleva que en el presente caso se aceptan todos los mecanismos probatorios reconocidos por ley (art. 545.I CC)