Auto Supremo AS/0114/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0114/2019-RRC

Fecha: 07-Mar-2019

El recurrente aduce en su apelación restringida, que la Sentencia carece de fundamentación y es


El recurrente aduce en su apelación restringida, que la Sentencia carece de fundamentación y es insuficiente para fundar una condena conforme al art. 370 inc. 5) del CPP, violando el debido proceso y la legalidad del proceso, de conformidad a los arts. 115, 116, 117, 119 de la CPE, 124, 173 y 360 del CPP, teniendo que la Sentencia carece de fundamentación, en tal sentido de acuerdo a los arts. 203 de la CPE y 421 del CPP, toda Sentencia debe cumplir con el deber de motivación, por lo que de acuerdo al art. 115 de la CPE, “el juzgador despojado de interés y parcialidad debe dictar la resolución en convencimiento de que no había otra forma de resolver los hechos juzgados sino de la forma que se decidió, sin que ello signifique una exageración en las exposiciones, considerandos, citas legales y argumentos reiterativos, pues la motivación debe ser congruente y pertinente vinculado a un contenido razonable y contundente; siendo que esta exigencia es aún más relevante cuando el tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por autoridades jurisdiccionales que dictaron la Sentencia” (sic), por cuanto lo que se pretende en aplicación del art. 413 del CPP, que el Tribunal de mérito “proceda sea a reparar el fallo anulando totalmente la sentencia y ordenando la reposición del juicio por otro tribunal” (sic)