Auto Supremo AS/0114/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0114/2019-RRC

Fecha: 07-Mar-2019

En el tercer agravio se aduce que la sentencia se basa en hechos no acreditados


En el tercer agravio se aduce que la sentencia se basa en hechos no acreditados y en valoración defectuosa de la prueba, a decir del apelante la sentencia se basa en haber encontrado el cabello de la víctima en el maletero del auto sin considerar el informe forense del perito que indicó que dicho resultado solo constituye una orientación-indicio, que no constituye prueba ya que el único medio es la pericia forense de ADN, a tal efecto el Tribunal de alzada incide que la Sentencia cuestionada expone con claridad los hechos sustentados en la integridad de la prueba producida en juicio, por lo que la Sentencia se basa en hechos reales y verosímiles debidamente acreditados por elementos probatorios valorados conforme a los arts. 173 y 124 del CPP, sin incurrir en vulneración indebidamente alegada, haciendo hincapié que el Tribunal de alzada está impedido de revalorizar la prueba, que implica solamente a los Tribunales de primera instancia conforme al principio de inmediación, donde el Juez o Tribunal de juicio de manera directa comienza con el proceso de valoración de la prueba “primero de cada elemento, para luego a través de su valoración integral y armónica asumir la convicción pertinente, en este caso de autoría y culpabilidad” (sic), criterio asumido por el Tribunal Supremo de Justicia mediante los Autos Supremos 53/2012 de 22 de marzo y 167 de 4 de julio de 2012