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    Auto Supremo AS/0148/2019-CC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0148/2019-CC

    Fecha: 19-Mar-2019

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    • Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
    • Que, tramitado el proceso contencioso, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal
    • Por otro lado, declara probada la reconvención deducida por el GADCH a fs
    • Argumentos del recurso de casación
    • 2) Denuncia también el ilegal proceso de Resolución de Contrato porque el GADCH incumplió la
    • 3) Continúa acusando la falta de valoración probatoria porque pese a que cursa la documental
    • 4) Finaliza señalando la imposibilidad de usar recursos administrativos para la impugnación de la resolución
    • Petitorio
    • Así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
    • De acuerdo al citado principio y considerando que el recurso de casación es una nueva
    • En ese sentido, resulta necesario mencionar a los autores: Gonzalo Castellanos Trigo y Hermes Flores
    • “El recurso de casación es un recurso extraordinario, porque no cabe, sino contra determinadas resoluciones
    • (…) Dada su naturaleza jurídica, así como sus raíces históricas, la casación no es una
    • El recurso de casación está instituido para proteger dos finalidades esenciales en el proceso contencioso
    • La segunda finalidad es unificar la jurisprudencia, con el objeto de una interpretación común de
    • Asimismo, respecto al recurso de casación en el fondo, cabe señalar que: “…la casación se
    • Continuando con el análisis al recurso de casación, entre sus requisitos; es menester señalar que:
    • 2
    • De la misma forma, se debe aclarar que el recurso de casación debe expresar, con
    • Requisitos para interponer el recurso de casación
    • “El recurso de casación es un acto procesal complejo puesto que entre los elementos de
    • El recurso de casación se halla considerando como una demanda nueva de puro derecho, para
    • Ahora bien, el art
    • Finalmente, resultar pertinente recordar que, el art
    • En base a los argumentos de la parte recurrente, se pasa a resolver su recurso
    • En ese sentido, Lucrecia Tolaba Bautista, al ejercer el cargo de Secretaria de Desarrollo Productivo
    • Por consiguiente, mal podría alegar ahora la parte recurrente una supuesta falta de competencia por
    • Por lo anteriormente expuesto, se advierte que no existió usurpación alguna, de funciones de la
    • La ENTIDAD, podrá proceder al trámite al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes
    • Por consiguiente se evidencia que, en la causal impetrada como motivo de resolución del contrato
    • En ese sentido, se advierte que de manera obligatoria se debería efectuar la resolución del
    • En relación al punto 3) del recurso de casación; previamente cabe señalar que, el art
    • Asimismo; resultar necesario hacer notar a la parte recurrente que, de acuerdo a la uniforme
    • En este contexto, se advierte en el caso, que la empresa constructora recurrente cuestiona que
    • En ese marco, el Tribunal de casación se encuentra limitado a verificar y corregir en
    • Así entonces y para casar una Resolución, deberá verificarse previamente si en tal decisión se
    • Por ello, se concluye que lo señalado por la empresa constructora Urquizo Asociados son simples
    • Finalmente, analizando el punto 4) del recurso; cabe señalar que, de la misma manera no
    • Bajo estos parámetros, este Tribunal concluye que al no ser evidentes los agravios denunciados en
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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