Finalmente, analizando el punto 4) del recurso; cabe señalar que, de la misma manera no
Finalmente, analizando el punto 4) del recurso; cabe señalar que, de la misma manera no expresó normativa o disposición legal alguna como vulnerada, erróneamente interpretada o aplicación indebida de la Ley, como causales establecidas en el ya citado art. 271.I del CPC-2013; asimismo si bien no existe la posibilidad de impugnar contratos administrativos en la misma vía como alega la empresa constructora recurrente con base al DS N° 27113 de 23 de julio de 2003 y la SCP N° 928/2012 (sin especificar la fecha de la misma) y alega que sería viable esta demanda; sin embargo, este Tribunal no advierte pertinencia alguna en su vago y ambiguo reclamo porque de una revisión de los datos del proceso, se evidencia que mediante Auto de 14 de noviembre de 2018 cursante a fs. 461 y vta., la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación de fs. 441 a 443 vta., interpuesto por el representante legal de la Asociación Accidental Empresa Constructora y Servicios Urquizo Asociados contra la Sentencia N° 654/2017 de 8 de noviembre, emitida por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; por consiguiente no existe vulneración alguna a los derechos de la parte recurrente por parte de los Vocales que emitieron la citada Sentencia como erradamente alega la empresa constructora con esos endebles argumentos del recurso interpuesto y más aún porque de una revisión de los datos del proceso, se evidencia que dichos Vocales, mediante el Auto N° 025/2018 de 11 de enero, concedieron el recurso de casación interpuesto por la parte demandante y ordenaron a la vez, la remisión del expediente ante este Tribunal (ver fs. 455) por lo que no se evidencia vulneración o agravio alguno en contra de la empresa constructora y además porque hizo uso de todos los recursos que la Ley le franqueaba en este tipo de procesos, para recurrir los aspectos que creía que le causaban agravios a sus derechos (ver fs. 461 y vta.), evidenciándose se tramitó su demanda contenciosa conforme procedimiento, incluido la tramitación para el recurso de casación, el Auto de concesión del mismo (fs. 455), el Auto de admisibilidad (fs. 461 y vta.) hasta la emisión del presente fallo, todo de conformidad de los arts. 270 a 277 del CPC-2013; por consiguiente, no resulta evidente el confuso e impertinente reclamo de la parte recurrente sobre este aspecto
- Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
- Que, tramitado el proceso contencioso, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal
- Por otro lado, declara probada la reconvención deducida por el GADCH a fs
- Argumentos del recurso de casación
- 2) Denuncia también el ilegal proceso de Resolución de Contrato porque el GADCH incumplió la
- 3) Continúa acusando la falta de valoración probatoria porque pese a que cursa la documental
- 4) Finaliza señalando la imposibilidad de usar recursos administrativos para la impugnación de la resolución
- Petitorio
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
- De acuerdo al citado principio y considerando que el recurso de casación es una nueva
- En ese sentido, resulta necesario mencionar a los autores: Gonzalo Castellanos Trigo y Hermes Flores
- “El recurso de casación es un recurso extraordinario, porque no cabe, sino contra determinadas resoluciones
- (…) Dada su naturaleza jurídica, así como sus raíces históricas, la casación no es una
- El recurso de casación está instituido para proteger dos finalidades esenciales en el proceso contencioso
- La segunda finalidad es unificar la jurisprudencia, con el objeto de una interpretación común de
- Asimismo, respecto al recurso de casación en el fondo, cabe señalar que: “…la casación se
- Continuando con el análisis al recurso de casación, entre sus requisitos; es menester señalar que:
- 2
- De la misma forma, se debe aclarar que el recurso de casación debe expresar, con
- Requisitos para interponer el recurso de casación
- “El recurso de casación es un acto procesal complejo puesto que entre los elementos de
- El recurso de casación se halla considerando como una demanda nueva de puro derecho, para
- Ahora bien, el art
- Finalmente, resultar pertinente recordar que, el art
- En base a los argumentos de la parte recurrente, se pasa a resolver su recurso
- En ese sentido, Lucrecia Tolaba Bautista, al ejercer el cargo de Secretaria de Desarrollo Productivo
- Por consiguiente, mal podría alegar ahora la parte recurrente una supuesta falta de competencia por
- Por lo anteriormente expuesto, se advierte que no existió usurpación alguna, de funciones de la
- La ENTIDAD, podrá proceder al trámite al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes
- Por consiguiente se evidencia que, en la causal impetrada como motivo de resolución del contrato
- En ese sentido, se advierte que de manera obligatoria se debería efectuar la resolución del
- En relación al punto 3) del recurso de casación; previamente cabe señalar que, el art
- Asimismo; resultar necesario hacer notar a la parte recurrente que, de acuerdo a la uniforme
- En este contexto, se advierte en el caso, que la empresa constructora recurrente cuestiona que
- En ese marco, el Tribunal de casación se encuentra limitado a verificar y corregir en
- Así entonces y para casar una Resolución, deberá verificarse previamente si en tal decisión se
- Por ello, se concluye que lo señalado por la empresa constructora Urquizo Asociados son simples
- Finalmente, analizando el punto 4) del recurso; cabe señalar que, de la misma manera no
- Bajo estos parámetros, este Tribunal concluye que al no ser evidentes los agravios denunciados en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
