Auto Supremo AS/0148/2019-CC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0148/2019-CC

Fecha: 19-Mar-2019

Por lo anteriormente expuesto, se advierte que no existió usurpación alguna, de funciones de la

Por lo anteriormente expuesto, se advierte que no existió usurpación alguna, de funciones de la MAE como erradamente alega la Empresa Constructora Urquizo Asociados porque existieron las Resoluciones Administrativas Gubernamentales correspondientes en las que delegó legalmente sus funciones el Gobernador de ese entonces a la Secretaria de Desarrollo Productivo y Economía Plural del GADCH y entre esas las de “resolución de contrato”; por lo que, no resulta evidente este reclamo de la empresa constructora recurrente