Auto Supremo AS/0198/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0198/2019

Fecha: 22-Abr-2019

Por consiguiente, en aplicación de la normativa desglosada, no restringe el derecho de los trabajadores

Por consiguiente, en aplicación de la normativa desglosada, no restringe el derecho de los trabajadores a percibir su compensación en dinero por todas las vacaciones que el empleador hubiese promovido o permitido que se acumulen, pudiendo cancelarse inclusive por duodécimas cuando no se completó el último año de trabajo para acceder a las vacaciones que correspondía