Auto Supremo AS/0212/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2019-RA

Fecha: 11-Abr-2019

Sobre el particular, analizados los argumentos vertidos en casación se evidencia que el recurrente precisa


Como primer motivo traído en casación, denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en el vicio de incongruencia omisiva, en la emisión del Auto de Vista impugnado, al no haber considerado ni valorado en ninguna de sus partes, los argumentos expuestos en el memorial de contestación al recurso de apelación restringida del Ministerio Público, donde observó los requisitos de admisibilidad, cuya omisión vulnera el derecho a la igualdad jurídica y el debido proceso, incurriendo a su vez en vicio insubsanable conforme el art. 169 inc. 3) del CPP, en total desconociendo a los Autos Supremos 439/2018 RRC de 25 de junio y 311/2015 RRC de 20 de mayo, relativos a la consideración también de incongruencia omisiva cuando no se realiza pronunciamiento sobre las contestaciones de las partes procesales.

Sobre el particular, analizados los argumentos vertidos en casación se evidencia que el recurrente precisa en forma clara la supuesta contradicción incurrida por el Tribunal de apelación con los precedentes invocados, consistente en el vicio de la incongruencia omisiva al no realizar análisis alguno del memorial de contestación al recurso de apelación restringida del Ministerio Público, por lo que ante el cumplimiento de los arts. 416 y 417 del CPP, se declara admisible este motivo