Por memorial presentado el 7 de abril de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 232/2019-RRC
Sucre, 15 de abril de 2019
Expediente : Santa Cruz 115/2018
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Mario Ramos Maturano y otros
Delitos : Asesinato y otro
Magistrado Relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de abril de 2017, cursante de fs. 997 a 1008, Mario Ramos Maturano, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 7/2015 de 3 de marzo, de fs. 923 a 927 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Juan Carlos Meza Farell, Richard Negrete, Alberto Rene Silva Claros, Luís Alberto Lara Rocha y el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Asesinato, Receptación y Encubrimiento, previstos y sancionados por los arts. 252 incs. 2), 3) y 6), 171 y 172 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 232/2019-RRC
Sucre, 15 de abril de 2019
Expediente : Santa Cruz 115/2018
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Mario Ramos Maturano y otros
Delitos : Asesinato y otro
Magistrado Relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de abril de 2017, cursante de fs. 997 a 1008, Mario Ramos Maturano, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 7/2015 de 3 de marzo, de fs. 923 a 927 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Juan Carlos Meza Farell, Richard Negrete, Alberto Rene Silva Claros, Luís Alberto Lara Rocha y el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Asesinato, Receptación y Encubrimiento, previstos y sancionados por los arts. 252 incs. 2), 3) y 6), 171 y 172 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 7 de abril de 2017, cursante de fs
- Por Sentencia 36/2010 de 20 de septiembre de fs
- Contra la referida Sentencia, el imputado Mario Ramos Maturano formuló recurso de apelación restringida, de
- Alegó defecto del art
- El recurrente solicita se admita su recurso y resolviendo en el fondo se deje sin
- El Ministerio Público, sostuvo como teoría fáctica de su acusación que aproximadamente a las 11:00
- Sobre aquella hipótesis, el Ministerio Público acusó a Juan Carlos Meza Farell, la comisión del
- II.2. Sentencia
- El 15 de febrero de 2009, Juan Carlos Meza Farell, utilizando un arma de fuego,
- El móvil que indujo a los imputados, fue el robo del vehículo que conducía la
- Tales fundamentos, originaron que los imputados Juan Carlos Meza Farell y Mario Ramos Maturano, mediando
- II.3. Recurso de apelación restringida
- Mario Ramos Maturano, promovió apelación restringida, a través de actuación saliente de fs
- La Sentencia vulneró lo establecido en el art
- La Sentencia vulneró el art
- Aquel recurso, en un primer momento fue resuelto por Auto de Vista 27/2011 de 24
- En cuanto al fundamento de que el acusado no está debidamente individualizado [art
- Con relación al art
- Sobre el agravio de que la Sentencia se basó en hechos inexistentes [art
- En la presente causa, este Tribunal declaró la admisión del recurso de casación, ante el
- III.1 Doctrinal Legal aplicable, definición, alcances y deber de cumplimiento
- Asimismo, es importante destacar que cuando el art
- Como se describió atrás en este Auto Supremo, Mario Ramos Maturano promovió apelación restringida invocando
- “…en el caso de autos, donde el Tribunal de Sentencia subsumió la conducta de dos
- “…todo Juez o Tribunal de Justicia, tiene la obligación de motivar toda determinación, de manera
- “…la identificación de la falta, la impericia o arbitrariedad del Juez o Tribunal de instancia
- Resulta evidente que cuando el Auto Supremo 435/2014, manifestó que el proceso de individualización exigía
- Este Tribunal advierte, un evidente incumplimiento por parte de las autoridades que pronunciaron el Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
