Auto Supremo AS/0263/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2019-RRC

Fecha: 25-Abr-2019

El 18 de julio de 2016 en la mañana cuando la menor se quedó a


El 18 de julio de 2016 en la mañana cuando la menor se quedó a cuidar a los hijos del imputado, aprovechando que su hermana no se encontraba en la casa, la menor víctima se encontraba durmiendo en la cama, el imputado empezó a tocarle las partes íntimas (vagina) y los senos (pechos) con las manos, para luego también con su pene tocarla en su cuerpo, a pesar de las reiteradas peticiones de la menor de que no la tocara y la dejara de molestar, él a la fuerza realizaba sus instintos carnales y morbosos contra la menor, sin logar tener acceso carnal, ya que la menor le dijo que le avisaría a su hermana y a sus padres. El imputado le decía a la menor que la quería y se iba a quedar con ella, posteriormente llega su hermana y no le comenta nada por temor a que tiene 4 hijos y que no había quien le ayude a su hermana con sus hijos si lo denunciaba, aseveraciones de la menor, que resultan creíbles, ya que se encuentra en la entrevista psicológica con la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Cotoca, Lic. Meyerlin Salazar Saucedo y la certificación de la médico forense Ana Verónica Justiniano Gally, que en las consideraciones médico legales indica: al examen físico no se evidencia signos de violencia corporal, el examen ginecológico pone en manifiesto un himen íntegro, la ausencia de lesiones genitales y la presencia de membrana himeneal íntegra, no descarta la posibilidad de maniobras o toques impúdicos que por lo general no dejan huellas. Y al examen proctológico sin lesión alguna