Por memorial presentado el 4 de julio de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 265/2019-RRC
Sucre, 25 de abril de 2019
Expediente: Santa Cruz 124/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Romer Paz Melgar y otros
Delitos: Abigeato y otros
Magistrado relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de julio de 2018, cursante de fs. 1035 a 1041, Romer Paz Melgar, interpuso recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 20 de 24 de mayo de 2018, de fs. 1003 a 1009, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Sunner Valverde de los Ríos contra el recurrente, Valentín Zambrana Arellano y Escandar Rea Jiménez, por la presunta comisión de los delitos de Abigeato, Receptación, Robo Agravado y Asociación Delictuosa, previstos y sancionados por los arts. 350, 172, 363 num. 2) y 132, del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 265/2019-RRC
Sucre, 25 de abril de 2019
Expediente: Santa Cruz 124/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Romer Paz Melgar y otros
Delitos: Abigeato y otros
Magistrado relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de julio de 2018, cursante de fs. 1035 a 1041, Romer Paz Melgar, interpuso recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 20 de 24 de mayo de 2018, de fs. 1003 a 1009, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Sunner Valverde de los Ríos contra el recurrente, Valentín Zambrana Arellano y Escandar Rea Jiménez, por la presunta comisión de los delitos de Abigeato, Receptación, Robo Agravado y Asociación Delictuosa, previstos y sancionados por los arts. 350, 172, 363 num. 2) y 132, del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 4 de julio de 2018, cursante de fs
- Por Sentencia 27/2017 de 29 de septiembre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Sunner Valverde de los Ríos (fs
- Esta Sala en juicio de admisibilidad, pronunció el Auto Supremo 765/2018-RA de 27 de agosto,
- El Auto de Vista impugnado incumple la labor de control sobre la Sentencia, en sentido
- El recurrente solicita a este Tribunal que admitido el recurso se dicte Auto Supremo por
- El Tribunal de Sentencia de Concepción en el Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la
- En cuanto a la absolución de Valentín Zambrana Arellano por el delito de Abigeato, el
- II
- De igual forma, formuló errónea aplicación del art
- “La calificación del delito en el Código de Procedimiento Penal, se entiende como la apreciación
- Por otra parte, conviene recordar que el Auto Supremo Nº 417/03 de 19 de agosto
- A su turno el Auto Supremo 256 de 26 de julio de 2006, absolvió reclamos
- Por tanto es obligación del Tribunal de alzada, de la misma manera pronunciarse fundadamente, respecto
- Por otra parte, se vulnera la garantía constitucional del debido proceso así como no se
- De igual forma el Auto Supremo 525/2016-RRC de 14 de julio, emitió doctrina legal relativa
- En el primer motivo del recurso el recurrente expone su disconformidad con las razones sobre
- En lo que es el planteamiento de contradicción con el Auto Supremo 256 de 26
- Finalmente, lo que toca al Auto Supremo 525/2016-RRC de 14 de julio, como se tiene
- “Es una premisa consolidada que todo Auto de Vista se encuentre debidamente fundamentado y motivado,
- En ese entendido, existe ausencia de fundamentación en el Auto de Vista cuando en el
- El memorial de recurso se encuentra planteado sobre cuatro soportes, cuya síntesis es enumerada a
- Ya en materia, el recurrente expone que fueron tres las cuestiones de forma que le
- Un segundo aspecto se relaciona con la enunciación en el Auto de Vista del delito
- Finalmente, el recurrente expresa desacuerdo sobre la resolución del recurso de apelación restringida del coimputado
- Se cuestiona al Auto de Vista impugnado, considerar la existencia del delito de Robo para
- El art
- Resulta entonces, que las consideraciones agravantes que el art
- El Auto de Vista impugnado, distingue que dentro del hecho y las conclusiones del Tribunal
- Por consiguiente, el Auto de Vista recurrido de casación, no asumió contradicción a la doctrina
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
