Auto Supremo AS/0295/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2019

Fecha: 01-Abr-2019

Sin embargo, por el análisis realizado supra el vendedor no puede solicitar ninguna compensación así

Sin embargo, por el análisis realizado supra el vendedor no puede solicitar ninguna compensación así como tampoco ninguna indemnización, mucho menos demandarla; porque la resolución contractual no se operó, ya que las cuotas estaban pagadas de acuerdo al plan de pagos referido en el contrato hasta septiembre de 2016, tiempo en el que recién debió computarse la aplicación de la cláusula sexta, por otra parte resulta incongruente la pretensión errada del demandante respecto a reclamar compensación equitativa y resarcimiento de daños y perjuicios cuando nunca hizo entrega del terreno y el comprador tampoco poseyó ni utilizó dicho lote de terreno, por el contrario el comprador realizó pagos por adelantado de las cuotas, llegando a cubrir 86 cuotas, incluidas también las expensas cual si estuviera utilizando el mismo, dinero que respecto al pago del referido lote pudieron haber sido reinvertidos y utilizados por el vendedor, por lo tanto se tiene que todos sus reclamos no tienen el fundamento menos ameritan compensación ni indemnización alguna, porque como ya se dijo no existió causal verdadera que ameritara la resolución unilateral del contrato, por lo tanto el criterio del demandante y recurrente es errado