Auto Supremo AS/0250/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2019

Fecha: 16-May-2019

En ese sentido y conforme lo señalado en el citado finiquito adjunto como prueba

En ese sentido y conforme lo señalado en el citado finiquito adjunto como prueba de descargo ( fs. 28 y vta.), se evidencia también que la empresa demandada no cumplió con el pago total de tales beneficios sociales; es decir, se canceló con un salario promedio indemnizable que no era el correcto, aspecto que generó una diferencia monetaria en los derechos laborales cancelados el 27 de febrero de 2014; resultando en consecuencia un pago parcial de los beneficios y derechos laborales efectuados por la empresa empleadora a favor del trabajador; lo que significa que, el Juez a quo, obrando en consecuencia a lo referido, debió determinar la procedencia del pago por concepto de la multa del 30% sobre el monto total de Bs.45.657,51.-, que fue otorgado en la Sentencia N° 021/2016, sanción equivalente a Bs.11.385,31.-; no habiéndose determinado de esta forma, debió ser corregida por el Tribunal de apelación, que tampoco reparó