Ahora bien, respecto a si correspondería la multa doble sobre el aguinaldo o por lo
Ahora bien, respecto a si correspondería la multa doble sobre el aguinaldo o por lo menos sobre el segundo aguinaldo; cabe señalar que, el art. 1 de la Ley 18 de diciembre de 1944 establece que: “Toda empresa comercial o industrial o cualquier otro negocio está obligado a gratificar a sus empleados y obreros con un mes de sueldo y 25 días de salario respectivamente como aguinaldo: de Navidad antes del 25 de diciembre de cada año”; disposición legal que fue cumplida como acertadamente lo señalaron los Jueces de instancia; puesto que, a fs. 15 de obrados cursa la Boleta de Pago N° 0000913 a favor del actor por concepto de aguinaldo/2013 por la suma de Bs.2.178,00.-; advirtiéndose que no fue cancelado con el promedio indemnizable que le correspondía por derecho, aspecto similar ocurrió en el pago del segundo aguinaldo/2013 al reconocer el trabajador el pago del mismo en la demanda de fs. 16 a 18 vta.; pero, con un monto inferior, por lo que adecuadamente establecieron tanto el Juez de primera instancia como el Tribunal de Alzada, se proceda a la reliquidación de este beneficio precisamente por constituirse en un derecho adquirido a favor del demandante; no obstante, corresponde el pago restante pero sin la multa reclamada porque de conformidad con lo previsto en los DS N° 1802 de 20 de noviembre de 2013 y las Leyes de 18 de diciembre de 1944 y de 22 de noviembre de 1950, procede la multa de pago doble ante el incumplimiento del pago, aspecto no sucedido en el presente caso como ya se explicó y conforme consta a fs. 15 y el reconocimiento expreso del actor a fs. 17 de obrados; por lo que no resulta evidente este reclamo de la parte recurrente
- Tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo y Seguridad Social Quinto del Tribunal Departamental
- En grado de apelación, promovido por el representante legal de la empresa demandada y por
- II
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- Petitorio
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- Contestación a los recursos
- Así expuestos los fundamentos de los recursos de casación de fs
- En ese sentido, el art
- Dentro del proceso social, se ha instituido como reglas constitucionales los principios de protección de
- Asimismo, se debe puntualizar que la legislación vigente y la jurisprudencia emitida por este Tribunal,
- Asimismo, se debe aclarar que el recurso de casación debe expresar, con claridad y precisión,
- III
- Respecto a la errónea valoración de la prueba de descargo alegada por la parte recurrente;
- Ahora bien, respecto a si correspondería la multa doble sobre el aguinaldo o por lo
- Sin embargo, regulando esta situación y en virtud a los principios protectivos del trabajador que
- En este contexto, se evidencia que, la finalización de la relación laboral ocurrió merced a
- En ese sentido y conforme lo señalado en el citado finiquito adjunto como prueba
- Por consiguiente, el pago establecido en el finiquito de fs
- Por todo lo analizado, se establece que en el presente caso procedía la aplicación de
- En base al examen realizado, se concluye que al no ser evidentes los extremos denunciados
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
