En grado de apelación, promovido por el representante legal de la empresa demandada y por
Auto de Vista:
En grado de apelación, promovido por el representante legal de la empresa demandada y por el demandante (fs. 223 a 224 y fs. 231 a 232; respectivamente), resuelto por Auto de Vista N° 144/17 de 19 de junio de 2017 (fs. 244 y vta.) emitido por Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó la Sentencia N° 021/2016 de 09 de marzo
En grado de apelación, promovido por el representante legal de la empresa demandada y por el demandante (fs. 223 a 224 y fs. 231 a 232; respectivamente), resuelto por Auto de Vista N° 144/17 de 19 de junio de 2017 (fs. 244 y vta.) emitido por Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó la Sentencia N° 021/2016 de 09 de marzo
- Tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo y Seguridad Social Quinto del Tribunal Departamental
- En grado de apelación, promovido por el representante legal de la empresa demandada y por
- II
- 2
- 3
- Petitorio
- 1
- Contestación a los recursos
- Así expuestos los fundamentos de los recursos de casación de fs
- En ese sentido, el art
- Dentro del proceso social, se ha instituido como reglas constitucionales los principios de protección de
- Asimismo, se debe puntualizar que la legislación vigente y la jurisprudencia emitida por este Tribunal,
- Asimismo, se debe aclarar que el recurso de casación debe expresar, con claridad y precisión,
- III
- Respecto a la errónea valoración de la prueba de descargo alegada por la parte recurrente;
- Ahora bien, respecto a si correspondería la multa doble sobre el aguinaldo o por lo
- Sin embargo, regulando esta situación y en virtud a los principios protectivos del trabajador que
- En este contexto, se evidencia que, la finalización de la relación laboral ocurrió merced a
- En ese sentido y conforme lo señalado en el citado finiquito adjunto como prueba
- Por consiguiente, el pago establecido en el finiquito de fs
- Por todo lo analizado, se establece que en el presente caso procedía la aplicación de
- En base al examen realizado, se concluye que al no ser evidentes los extremos denunciados
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
