Auto Supremo AS/0294/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2019-RRC

Fecha: 02-May-2019

Del Auto Supremo invocado 170 de 19 de junio de 2013, se tiene que resolvió


Del Auto Supremo invocado 170 de 19 de junio de 2013, se tiene que resolvió una cuestión procesal que resulta similar a la denuncia planteada por el recurrente; consiguientemente, corresponde ingresar a la labor de contraste, siendo necesario destacar conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al recurso, que ante la emisión de la Sentencia condenatoria, el recurrente formuló recurso de apelación restringida en el que entre otros aspectos, cuestionó que la Sentencia incurrió en valoración defectuosa de la prueba, defecto previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP; respecto a lo cual, el Auto de Vista impugnado aperturó su competencia señalando que de la sentencia verificó que no efectuó una valoración integral de la prueba incorporada a juicio, exponiendo de manera contradictoria las razones por las que otorgó valor positivo o negativo, de manera incongruente, que en conjunto determinó un juicio de condena por el delito de Homicidio por emoción violenta, delito distinto al acusado, verificando quebrantamiento de las reglas de la lógica dado que se exponen de manera contradictoria cada uno de los sustentos del valor que otorgan a la prueba de manera individual y en su conjunto. Añade el Tribunal de alzada, que la Sentencia en el punto fundamento jurídico valora la prueba signada como AP-13 de la siguiente manera “que de manera clara explica el trastorno antisocial de la personalidad y abuso de sustancias…”, incurriendo en defectuosa valoración de la prueba, e incorrecta aplicación de las reglas de la lógica, la ciencia, el sentido común y la experiencia, por lo que declaró con lugar el agravio