Auto Supremo AS/0294/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2019-RRC

Fecha: 02-May-2019

En cuanto a la defectuosa valoración de la prueba reclamada por el imputado, de la


En cuanto a la defectuosa valoración de la prueba reclamada por el imputado, de la sentencia verifica, que no efectuó una valoración integral de la prueba incorporada a juicio, exponiendo de manera contradictoria las razones por las que se otorga valor positivo o negativo a la misma, de manera incongruente, que en conjunto determinó un juicio de condena por el delito de Homicidio por Emoción Violenta un delito distinto al acusado, verifica quebrantamiento de las reglas de la lógica dado que se exponen de manera contradictoria cada uno de los sustentos del valor que otorgan a la prueba de manera individual y en su conjunto, no se debe pasar por alto que por el delito por el que se le condenó es un delito que tiene por característica la exigencia de excusabilidad para justificar una pena más “tenue”; es decir, que el cambio de personalidad se exige la existencia de una persona adaptada a los usos y costumbres que impone la sociedad que sufre una alteración repentina y momentánea que le impide frenar sus impulsos esa exigencia hace razonable el hecho que deba atenuarse la pena a la persona equilibrada que sufrió un estímulo externo inesperado que le privó del razonamiento necesario a tiempo de cometer un crimen, excluyendo de esa posibilidad al sujeto de naturaleza violenta que constantemente quebranta las normas de convivencia o a las personas adictas con cualquier forma de drogodependencia u otras prácticas reñidas de los lineamientos sociales. En el caso de autos, la Sentencia en el punto fundamento jurídico valora la prueba signada como AP-13 de la siguiente manera “que de manera clara explica el trastorno antisocial de la personalidad y abuso de sustancias…”, de lo que se tiene que el Tribunal de mérito incurrió en defectuosa valoración de la prueba, verificando la incorrecta aplicación de las reglas de la lógica, la ciencia el sentido común y la experiencia, incurriendo en vicios de valoración pues la hace de forma genérica e imprecisa, con carencia de valoración de las declaraciones testificales y la prueba documental, existiendo falta de apreciación conjunta de toda la prueba, entre ellas dos pruebas fundamentales como las periciales de Guillermo Eloy Humerez Oviedo y de la médico forense Erika Sakuma Calatayud por lo que declara con lugar el agravio