Auto Supremo AS/0294/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2019-RRC

Fecha: 02-May-2019

Valoración defectuosa de la prueba, art


Valoración defectuosa de la prueba, art. 370 inc. 6) del CPP, por cuanto: i) La Sentencia valoró arbitrariamente la prueba signada como: MP-18 referente al examen toxicológico realizado a la víctima en el que consta que consumió marihuana; además, que estaba alterada, por lo que rompió el vidrio del motorizado y no pidió auxilio para luego volver a entrar al inmueble. La declaración de Marisol Castro Aramayo que vio que la víctima rompió el vidrio de su motorizado que corroboró la prueba MP-18; y, la prueba MP-35 que era para determinar si las fotografías tomadas por los funcionarios policiales eran o no adulteradas, aclarando el perito Guillermo Humenez en audiencia de juicio que sólo tiene experiencia en fotografías y no en hematología; ii) La Sentencia analizó de forma incompleta la prueba MP-24, al no valorarla descriptiva ni intelectivamente; iii) La Sentencia valoró intelectivamente de forma conjunta y no de forma individual las pruebas Ap-3, Ap-31, MP-35, MP-22, MP-4, MP-3, MP-13, MP-5, MP-12, AP-31, MP-9, MP-18, MP-7, MP-16 y MP-12, las declaraciones de Noemy Griselda Lozano Velasquez, Benjamin Humacata, Rodolfo V. Quiroga Angulo, Fernando Arce Chambi, Jhonny Ticona Lipe, Edgar Chura Calizaya, Paola Menacho La Fuente, Guido Vidaurre Alarcón, Graciela Fernanda Kennedy Mallco, Evelin Graciela Serrudo Montes y Henry Ortega Hiraola