Auto Supremo AS/0295/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2019-RRC

Fecha: 02-May-2019

Ahora bien, si por fundamentación de las resoluciones judiciales se tiene como punto de partida


Ahora bien, si por fundamentación de las resoluciones judiciales se tiene como punto de partida los márgenes del art. 124 del CPP, es decir, la premisa que todas las sentencias y autos interlocutorios deberán expresar los motivos de hecho y de derecho en que basan sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, debe comprenderse también que un acto que reclame falta de fundamentación o ausencia de ella, que derive en el defecto de sentencia contenido en el art. 370 num. 5) del CPP, deba acusar o bien la ausencia de los motivos que sustentan una decisión o en su caso la ilegalidad de éstos, extremo que en el recurso de casación no es presente