Auto Supremo AS/0323/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0323/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

Bajo estos fundamentos, en el caso de autos, para constatar si efectivamente se ha violentado


Consecuentemente, sólo cuando se notifica observando las exigencias formales, corre el cómputo del plazo que se tiene para apelar de las resoluciones, debido a que realizar un cómputo de plazos sin que exista una constancia de notificación coartaría severamente los derechos a recurrir de los fallos y la defensa, por ende, de acceso a la justicia al no existir certeza plena que el acto de comunicación cumplió con su finalidad, a menos que se tenga evidencia que no obstante la inobservancia de las formalidades que rigen el acto de comunicación exista certeza que el acto procesal cumplió con su finalidad y las partes tuvieron conocimiento efectivo del acto o resolución procesal.

Bajo estos fundamentos, en el caso de autos, para constatar si efectivamente se ha violentado el derecho a la defensa y aplicar en su efecto los principios de igualdad, pro homine, progresividad y debido proceso, es preciso remitirse a los antecedentes cursantes durante la tramitación del recurso de apelación restringida, para establecer si las notificaciones realizadas cumplieron o no su finalidad y las formas procesales