Un tópico de interés sobre el tema confluye a los cauces que un determinado elemento
El planteamiento antes anotado extractado del memorial del recurso de apelación restringida, debió ser absuelto por el Tribunal de alzada de forma suficiente; sin embargo esa instancia, a más de no consignar este motivo de apelación restringida de manera completa (véase el apartado I.4 a fs. 368 vta.) lo absuelve haciendo básicamente una paráfrasis de la Sentencia para después descartar la existencia de razón a favor o en contra del imputado; es decir, un relato de piezas en el expediente se sobrepone al deber de una respuesta jurídicamente sustentada.
Un tópico de interés sobre el tema confluye a los cauces que un determinado elemento de prueba o varios de ellos vayan a ocupar un lugar dentro de la teoría jurídica aplicable a cada caso en concreto; vale decir, que en un supuesto de subsunción de hechos a los elementos constitutivos del tipo bien cada elemento podría ser obtenido a través de un medio de prueba diferente, situación donde la labor de subsunción toma alerta justamente por esa variedad de fuentes. Empero, en los casos donde esa vertiente probatoria provenga de una o bien un número reducido de pruebas, la labor de subsunción debe ser redoblada por los jueces de grado y consecuentemente la revisión de esa tarea deberá en apelación abordar una cautela de mayor amplitud
- Por memorial presentado el 23 de agosto de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia y su complementario, el imputado Hernán Javier Cayo Rivera, interpuso recurso
- I.1.1. Motivo del Recurso de Casación
- El recurrente denuncia defecto absoluto inconvalidable previsto en el art
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 896/2018-RA de 27 de septiembre, este Tribunal admitió el recurso de casación
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 66/2016 de 1 de noviembre, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental
- Seis meses después, en octubre del 2015, la menor se encontraba con un compañero de
- En cuanto a la labor de subsunción de los hechos determinados a la conducta contenida
- Notificado el imputado Hernán Javier Cayo Rivera con la Sentencia, interpuso recurso de apelación restringida,
- La Sentencia adoleció del defecto contenido en el art
- La prueba MP2, que es la entrevista tomada a la víctima por la psicóloga, fue
- Denunciando errónea aplicación de la Ley sustantiva con base en el art
- Reclamó que los hechos eran indeterminados en día y hora, porque la víctima sólo señaló
- Denunció inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva, considerando transgredidos los arts
- En ninguna parte de la Sentencia se fundamentó la forma en la que su conducta
- Las pruebas MP3, MP4, MP5, MP6 no significan conclusión, evidencia o prueba y sólo transmiten
- De la prueba MP8, que es el dictamen psicológico de la perito Yuli Marcela Tapia
- Con base en el art
- Bajo el defecto del art
- Denunció también la contradicción entre la parte dispositiva y la parte considerativa de la Sentencia,
- Sobre el reclamo de defectuosa valoración de la prueba, se dijo que el Tribunal de
- Sobre la denuncia de errónea aplicación de la Ley sustantiva, se determinó que la aplicación
- En relación a la denuncia de afectación de los arts
- Sobre el agravio de que la Sentencia se basó en elementos probatorios no incorporados legalmente
- Notificado el imputado Hernán Javier Cayo Rivera con el Auto de Vista, interpuso recurso de
- El recurso de apelación que dio origen al mentado Auto de Vista a fs
- Un tópico de interés sobre el tema confluye a los cauces que un determinado elemento
- En el caso presente, la fuente probatoria primal, es justamente la prueba MP2
- La situación anterior debió exigir el agotamiento de posibilidades tanto en la valoración de la
- (…) La Sala tiene presente que la resolución impugnada posee orden y secuencia en su
- La labor de control de logicidad reconocida a los Tribunales de apelación, es en sí
- La labor de control de logicidad, estima la verificación de los razonamientos hechos en Sentencia,
- En el caso en análisis, el Auto de Vista en cuestión ofrece un panorama de
- En cumplimiento a la doctrina legal establecida en el Auto Supremo 109/2018-RRC de 2 de
- Respecto a la prueba MP2, cuestionada por no contener fecha de realización y del hecho,
- Respecto a la falta de fundamentación de la Sentencia, cabe señalar que el Tribunal de
- Sobre la defectuosa valoración de la prueba, particularmente respecto a la declaración de la víctima,
- En cuanto al defecto del art
- En la denuncia de los defectos del art
- Atendiendo el defecto del art
- Al defecto del art
- En el caso presente el recurrente denuncia defecto absoluto inconvalidable previsto en el art
- III.1. Del derecho al debido proceso
- La jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso ha señalado
- Por otra parte, el debido proceso reconocido en la CPE, en su triple dimensión como
- III.2. Análisis del caso concreto
- Precisado el motivo de casación en el exordio del presente acápite III, corresponde señalar que
- Evidentemente, dada la naturaleza oral del procedimiento penal, resulta lógico que las resoluciones que se
- La citada disposición legal, además de subrayar que la notificación deberá ser personal, determina el
- Como se advierte, las formalidades con las que debe practicarse la notificación, no son un fin
- En este sentido, no resulta válida la notificación que no guarde las exigencias procesales; de
- Bajo estos fundamentos, en el caso de autos, para constatar si efectivamente se ha violentado
- Además, cursa el impugnado Auto de Vista 58/2018 de 3 de julio, por el cual
- De la compulsa realizada se tiene la existencia de dos notificaciones realizadas al recurrente; una
- Existiendo dos diligencias de notificación con el Auto de Vista 58/2018, para determinar su validez
- Considerando que el imputado ha sido notificado de manera personal, mediante representación hecha por el
- Ante tal entendido, habiéndose cumplido la finalidad de la notificación, a pesar de la actitud
- Asimismo, conforme se pudo establecer anteriormente, cursa en obrados, de igual forma a fs
- Por cuanto, establecida la validez de la diligencia practicada el 9 de agosto de 2018,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
