En cuanto a los daños y perjuicios interpuestos junto con la acción reivindicatoria, nos encontramos
En cuanto a los daños y perjuicios interpuestos junto con la acción reivindicatoria, nos encontramos frente a una acumulación de pretensiones según dispone el art. 114 del Código Procesal Civil, la doctrina desplegada en el Considerando III de la presente resolución, explica la existencia de cuatro formas de acumulación de pretensiones: 1) Acumulación de pretensiones principales, 2) Acumulación de pretensiones subordinadas, 3) Acumulación de pretensiones alternativas, y 4) Acumulación de pretensiones accesorias. En un caso análogo resuelto por el Tribunal Supremo de Justicia mediante el Auto Supremo Nº 412/2019 de 24 de abril señala: “Teniendo como norte lo afirmado, en el presente caso la demanda de pago de daños y perjuicios no debe ser entendida como una de carácter accesorio, sino subordinada debido a que la viabilidad de la acción principal reivindicación y negatoria da pie y permite establecer el análisis y procedencia o no de la otra acción (pago de daños y perjuicios), siempre y cuando llegue a demostrarse, o sea acreditarse el daño emergente o afectación inmediata sufrida y el perjuicio o lucro que ha dejado de percibir como consecuencia de ese hecho.”; orienta que la acción reivindicatoria más el pago de daños y perjuicios pretendidos en una sola demanda, se encuentran dentro de la clasificación de acumulación de pretensiones subordinadas entendiendo, que no es suficiente la procedencia de la acción reivindicatoria para declarar la procedencia de los daños y perjuicios, puesto que la pretensión subordinada debe ser necesariamente probada
- Partes: Betzabe Ramírez Condori c/ Eulogia Esthela Gutiérrez Constancio
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Contra la sentencia Eulogia Esthela Gutiérrez Constancio, interpuso recurso de apelación cursante de fs
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- 2
- Corrido en traslado el recurso de casación, la parte demandante contesta indicando
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- III.1. De la verificación judicial de la nulidad
- El art
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- La decisión judicial contenida en la sentencia tiene como base de resolución las pruebas aportadas
- Con el fin de crear convicción en el justiciable y en pro de la labor
- El primer aspecto -regla de juicio- implica una norma imperativa para el juez, quien no
- La carga de la prueba, es materia que tiene su estudio y aplicación constante hasta
- III.3. De la acumulación de pretensiones en una misma demanda
- El Auto Supremo Nº 412/2019 de 24 de abril en cuanto a la acumulación de
- Empero para que estos presupuestos operen, el modo de postular las pretensiones es sumamente primordial,
- 1) La acumulación de pretensiones principales, denominadas también autónomas o simples que se presenta cuando
- 2) La acumulación de pretensiones subordinadas, que se dan cuando el demandante plantea una pretensión
- 3) La acumulación de pretensiones alternativas, este tipo de acumulación existe cuando el demandante propone
- Para mayor comprensión de lo manifestado, resulta pertinente acudir a la jurisprudencia desarrollada por este
- CONSIDERANDO IV
- Del estudio del recurso de casación se desprende que los reclamos de la recurrente confluyen
- Para tener un panorama claro en cuanto a la argumentación jurídica a desplegarse y que
- Producidas las pruebas de cargo, el juez A quo dictó sentencia declarando probada la demanda
- Según la norma legal, doctrina y jurisprudencia aplicada al caso, se tiene que los arts
- En cuanto a los daños y perjuicios interpuestos junto con la acción reivindicatoria, nos encontramos
- Bajo el antecedente previo verificamos, que la sentencia declara probada la acción reivindicatoria, además del
- En cuanto a la denuncia del punto uno del Considerando II, la recurrente indica que
- La recurrente alega en su respuesta a la demanda, que utilizaron arbitrariamente su firma estampada
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
