Auto Supremo AS/0365/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0365/2019

Fecha: 31-Jul-2019

El Tribunal de alzada resolvió incrementar la condena de los condenados, estableciendo en favor del

En aplicación de los principios de justicia, igualdad y sobre todo del de verdad material, no corresponde el pago por el concepto de trabajos en días feriados, pues al igual que las horas extra, desahucio y trabajo en domingo son aspectos adicionales o accesorios, que requieren su comprobación en virtud de la prueba aportada, diferente de otros como el sueldo, la indemnización, bono de antigüedad, aguinaldo, que constituyen derechos principales, que nacen en virtud del tiempo y la vigencia del vínculo laboral y que sirven para el cálculo de los conceptos laborales adicionales o accesorios, que se generan de forma eventual o casual. Por ello, manifiesta su conformidad con la determinación del Auto de Vista recurrido, de dejar sin efecto el pago del trabajo en días feriados.
3) La Resolución impugnada, agrava la situación del condenado
El Tribunal de alzada resolvió incrementar la condena de los condenados, estableciendo en favor del actor, el pago de los sueldos devengados demandados, bajo el argumento que la Sentencia determinó que correspondía su pago; sin embargo, en su parte resolutiva, se omitió su consignación; al respecto manifiesta que debe aplicarse la regla que se usó en el inc. b) del punto 4.1.1 del Auto de Vista, sobre la base del principio procesal de preclusión, toda vez que de acuerdo al art. 71 del Código Procesal del Trabajo (CPT), y 226 del CPC, el plazo para solicitar la aclaración de la Sentencia es de 24 hora; por lo tanto, el actor, no puede reclamar en apelación, aclaración o complementación; vulnerando de esta manera el Auto de Vista, la garantía de seguridad jurídica y sobre todo el principio in dubio pro reo, al establecer una sanción mayor a la dispuesta por el Juez inferior