Auto Supremo AS/0365/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0365/2019

Fecha: 31-Jul-2019

Tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social Segunda del

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº 365
Sucre, 31 de julio de 2019

DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente: 283/2018
Demandante: Luis Alberto Olarte Trigo
Demandado: Empresa Peñaloza SRL
Proceso: Beneficios Sociales
Departamento: Tarija
Magistrada Relatora: María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: Los recursos, de nulidad o casación de fs. 351 a 355, interpuesto la Sociedad Comercial Peñaloza SRL., representada por Elizabeth Antuña Espíndola de Peñaloza; y el casación en el fondo de fs. 360 a 363 vta., formulado por Luis Alberto Olarte Trigo, impugnando el Auto de Vista N° 31/2018 de 5 de marzo, cursante de fs. 329 a 339 vta., pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso por pago de beneficios sociales seguido por Luis Alberto Olarte Trigo contra la empresa Peñaloza SRL; el Auto N° 20/2018 de 1 de junio de fs. 367 vta., que concedió los recursos de casación; el Auto de 27 de junio de 2018, de fs. 377 vta., que admitió ambos recursos; los antecedentes del proceso; y
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia
Tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social Segunda del departamento de Tarija, pronunció la Sentencia de 10 de mayo de 2013, cursante de fs. 281 a 286, que declaró probada en parte la demanda de fs. 6 a 7 vta., aclarada a fs. 10, con costas; disponiendo, que la empresa Peñaloza SRL, pague a Luis Alberto Olarte Trigo, la suma de Bs161.371.- (ciento sesenta y un mil trescientos setenta y un bolivianos), por concepto de indemnización, aguinaldo, vacaciones, trabajo en días feriados, y bono de antigüedad, de acuerdo a la liquidación contenida en la parte dispositiva de la referida Resolución; además de la aplicación de la multa establecida por el Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, en ejecución de sentencia