Auto Supremo AS/0380/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0380/2019

Fecha: 31-Jul-2019

Por otra parte, el art

Por otra parte, el art. 13.e) del Código de Seguridad Social -Ley de 14 de diciembre de 1956-, en cuanto a la definición de salario, establece que este es: “La remuneración total que percibe el trabajador sea empleado u obrero, empleado público, aprendiz o miembro de cooperativa de producción como retribución de su trabajo, cualquiera sea la especie, forma y modalidad de pago. Para efectos del presente CÓDIGO se entiende igualmente por salario las retribuciones por concepto de trabajo extraordinario, suplementario o a destajo, comisiones, sobresueldos, gratificaciones, porcentajes, honorarios, bonos de producción, de antigüedad, de categorización, usufructo, uso y habilitación o cualquier otra remuneración accesoria, exceptuando el aguinaldo. Los elementos que constituyen el salario para fines de cotización serán los mismos que para los fines de prestaciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 61”