Concluyó su recurso de casación en el fondo y forma, solicitando se tenga por planteado
I.4. Petitorio
Concluyó su recurso de casación en el fondo y forma, solicitando se tenga por planteado en tiempo y forma oportuna el recurso de casación en el fondo y en la forma y se case y/o anule el Auto de Vista Nº 148/2017-SSA-I de 30 de junio, por ser manifiestamente vulnerador de derechos
- VISTOS: El recurso de casación, de fs
- La parte afectada con la mencionada sentencia (demandada), interpuso recurso de apelación, de fs
- Isela Wendy Barradas Ticona, a fs
- Que, el art
- Por otra parte, sostuvo que al restringir el derecho de apelar que tienen las partes,
- Que, si bien el art
- Concluyó su recurso de casación en el fondo y forma, solicitando se tenga por planteado
- La parte demandante contestó negativamente el presente recurso, pidiendo que el mismo sea rechazado al
- Previó a efectuar el análisis que corresponda, cabe dejar claramente establecido que el recurso de
- De la revisión de antecedentes, se concluye que la controversia en el caso que nos
- En cuanto al cómputo, debe tenerse presente que, al momento de interpretar las previsiones del
- Sin embargo, este Tribunal Supremo de Justicia, cuando se dispuso la aplicación anticipada de algunas
- Siguiendo esta interpretación normativa, este Tribunal, ha interpretado de manera consecutiva, que ciertamente, el plazo
- Y posteriormente interpretado en el AS Nº 188/2014 de 26 de junio, emitido por esta
- Posteriormente, el Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante la SCP 1327/2015-S2 de 16 de diciembre, estableció que:
- Luego, el propio Tribunal Constitucional Plurinacional, emitió la SCP 0626/2017-S3 de 30 de junio, estableciendo
- Habiendo concluido esta SCP Nº 0626/2017-S3 de 30 de junio, que: “resulta aplicable a la
- Este razonamiento constitucional puso fin a la controversia respecto del cómputo de los cinco días
- En la especie, el Auto de Vista N° 148/2017-SSA-I de 30 de junio, sustentó su
- Por ello es que si bien, en mérito al indicado principio de eficacia de prospección
- Considerando lo fundamentado, este tribunal de ninguna manera puede aplicar la SCP 1327/2015-S2 de 16
- Correspondiendo en consecuencia, fallar de acuerdo a la disposición contenida en el art
- No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs350,- a cada uno
- Se recomienda a los señores vocales, mayor atención en cuanto la aplicación de la normativa
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
