Corresponde a la jurisdicción ordinaria revisar, si los actos jurídicos de translación del dominio del
Corresponde a la jurisdicción ordinaria revisar, si los actos jurídicos de translación del dominio del vehículo marca Mitsubishi con Placa Nº 1289SHG fueron legalmente conformados, bajo dicho criterio tenemos, que el primer propietario Marcelo Torricos Romero transfirió el vehículo a Víctor Genaro Tufiño Justiniano, transferencia que tuvo conocimiento el co demandado David Joaquín Pereyra Quiroga, a razón que el comprador, posteriormente giró un poder a su favor con facultades expresas sobre el vehículo objeto de litis, poder al que voluntariamente renunció; pese a tener conocimiento del derecho que le asiste a Víctor Genaro Tufiño Justiniano, el 04 de agosto de 2011 David Joaquín Pereyra Quiroga obtuvo de Marcelo Torricos Romero otra minuta de transferencia, que protocolizó unilateralmente registrando el bien a su nombre. Con la finalidad de generar plena convicción en las partes, es pertinente revisar la declaración prestada por Marcelo Torricos Romero ante el Ministerio Público donde señala: “Yo era propietario de una vagoneta hace cinco años, decidí vender mi vehículo y la llevé a auto venta Azpiazu, después de unas semanas me llamaron indicando que había un interesado en comprar vagoneta. Y el interesado era el señor Víctor Genaro Tufiño, el señor Tufiño me estaba esperando en la auto venta y cerré trato con el (…), (…) pasan cuatro años y yo me olvide del vehículo y aparece el vehículo frente a mi casa y se baja del mismo el señor Pereira y me muestra un Poder que le había dado el señor Víctor Tufiño vendiéndole la vagoneta, el señor Pereira me pide que para agilizar los documentos y me pide legalizar con él la venta, me mostro un poder que le había dado el señor Tufiño y me exige que yo le haga una transferencia, vino una Notaria con su libro, notaria ya llevó todo redactado, entraron a mi casa y yo firme los libros y la transferencia DEFINITIVA fue por insistencia del señor Pereira.”, de la prueba aportada en el proceso, la declaración transcrita en sus partes pertinentes de Marcelo Torricos Romero y el poder que este otorgó a favor del codemandado David Joaquín Pereyra Quiroga, se demuestra que el mencionado, siempre tuvo conocimiento que el vehículo fue transferido por Marcelo Torricos Romero a Víctor Genaro Tufiño Justiniano, este hecho –también- se encuentra avalado por la confesión espontanea prestada por David Joaquín Pereyra Quiroga en la respuesta a la demanda de fs. 122 a 124 vta., en dicho acto procesal confiesa: “(…) el me manifestó que la vagoneta no estaba a su nombre y que no había ningún problema el propietario que responde al nombre de VICTOR GENARO TUFIÑO JUSTINIANO el me haría la transferencia (…)”
- Partes: Reny Salvatierra Negrete c/ David Joaquín Pereyra Quiroga y otros
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO I
- Que los argumentos de la demanda versaron sobre el hecho, que David Joaquín Pereyra Quiroga
- De la impugnación deducida por los recurrentes, se extrae lo siguiente
- 2
- 3
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- Solicita se anule el Auto de Vista y se reparen los agravios
- Respuesta de Reny Salvatierra Negrete
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- Solicita se declare inadmisible o infundado el recurso de casación
- III.1. De la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- El Tribunal Constitucional Plurinacional ha glosado amplia jurisprudencia en torno a la fundamentación y motivación
- Dicho de otra forma, toda autoridad que dicte una resolución, debe imprescindiblemente exponer los hechos,
- El art
- El objeto de la obligación en cambio, es la prestación o comportamiento que debe cumplir
- Walter Kaune Arteaga indica: “La persona que transmite el derecho debe ser su titular
- III.3. De la nulidad por faltar en el contrato los requisitos señalados por la ley
- El Auto Supremo Nº 605/2017 de 12 de junio indica: “Al respecto, entre los varios
- En este marco, se debe precisar que del análisis del art
- Establecido lo anterior, resulta necesario señalar que en términos generales el contrato puede definirse como
- El Auto Supremo Nº 464/2015 de 19 de junio complementa el criterio expuesto indicando: “En
- Sobre el principio de verdad material el Auto Supremo Nº 131/2016 de 05 de febrero
- En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
- Así también el Auto Supremo Nº 225/2015 de 10 de abril de 2015 orientó: “Para
- Por otra parte, la Sentencia Constitucional Nº 0713/2010-R de 26 de julio al respecto estableció:
- CONSIDERANDO IV
- Se tiene que todos los reclamos de los recurrentes contenidos en los puntos 1, 2,
- Para tener un panorama claro de la argumentación jurídica a desplegarse y que esta sea
- Mediante memorial de fs
- Producida la prueba por ambas partes, el juez A quo dictó sentencia declarando probada la
- Según la norma jurídica, doctrina y jurisprudencia aplicable al caso razonamos, que uno de los
- Se infiere en atención al principio de verdad material, que el vehículo marca Mitsubishi con
- Verificados todos los antecedentes expuestos tenemos a fs
- Corresponde a la jurisdicción ordinaria revisar, si los actos jurídicos de translación del dominio del
- Toda la prueba permite establecer que el vehículo objeto del proceso, se encontraba bajo la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorarios en favor del abogado que contestó el recurso, en la suma de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
