Dicho de otra forma, toda autoridad que dicte una resolución, debe imprescindiblemente exponer los hechos,
Dicho de otra forma, toda autoridad que dicte una resolución, debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de la misma, por cuanto la estructura de una resolución tanto en el fondo como en la forma, dejará pleno convencimiento a las partes de que se ha actuado no sólo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino que la decisión está regida por los principios y valores supremos rectores que orientan al juzgador, eliminándose cualquier interés y parcialidad, dando al administrado el pleno convencimiento de que no había otra forma de resolver los hechos juzgados sino de la forma en que se decidió (SSCC 0863/2007-R, 0752/2002-R, SC 1369/2001-R, entre otras)”. Es pertinente señalar que toda persona que acude ante la jurisdicción ordinaria para demandar según los derechos e intereses que le corresponde, debe recibir por parte de los administradores de justicia respuesta pronta y oportuna, pero más importante aún, tiene la garantía de que la autoridad judicial debe responder sus pretensiones de forma ordenada, coherente y puntual respecto a los hechos puestos en conocimiento del juzgador, con el fin de generar en las partes pleno convencimiento sobre las decisiones judiciales siempre velando por el cumplimiento de las normas sustantivas y adjetivas aplicables a cada caso concreto
- Partes: Reny Salvatierra Negrete c/ David Joaquín Pereyra Quiroga y otros
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO I
- Que los argumentos de la demanda versaron sobre el hecho, que David Joaquín Pereyra Quiroga
- De la impugnación deducida por los recurrentes, se extrae lo siguiente
- 2
- 3
- 5
- Solicita se anule el Auto de Vista y se reparen los agravios
- Respuesta de Reny Salvatierra Negrete
- 1
- 4
- Solicita se declare inadmisible o infundado el recurso de casación
- III.1. De la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- El Tribunal Constitucional Plurinacional ha glosado amplia jurisprudencia en torno a la fundamentación y motivación
- Dicho de otra forma, toda autoridad que dicte una resolución, debe imprescindiblemente exponer los hechos,
- El art
- El objeto de la obligación en cambio, es la prestación o comportamiento que debe cumplir
- Walter Kaune Arteaga indica: “La persona que transmite el derecho debe ser su titular
- III.3. De la nulidad por faltar en el contrato los requisitos señalados por la ley
- El Auto Supremo Nº 605/2017 de 12 de junio indica: “Al respecto, entre los varios
- En este marco, se debe precisar que del análisis del art
- Establecido lo anterior, resulta necesario señalar que en términos generales el contrato puede definirse como
- El Auto Supremo Nº 464/2015 de 19 de junio complementa el criterio expuesto indicando: “En
- Sobre el principio de verdad material el Auto Supremo Nº 131/2016 de 05 de febrero
- En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
- Así también el Auto Supremo Nº 225/2015 de 10 de abril de 2015 orientó: “Para
- Por otra parte, la Sentencia Constitucional Nº 0713/2010-R de 26 de julio al respecto estableció:
- CONSIDERANDO IV
- Se tiene que todos los reclamos de los recurrentes contenidos en los puntos 1, 2,
- Para tener un panorama claro de la argumentación jurídica a desplegarse y que esta sea
- Mediante memorial de fs
- Producida la prueba por ambas partes, el juez A quo dictó sentencia declarando probada la
- Según la norma jurídica, doctrina y jurisprudencia aplicable al caso razonamos, que uno de los
- Se infiere en atención al principio de verdad material, que el vehículo marca Mitsubishi con
- Verificados todos los antecedentes expuestos tenemos a fs
- Corresponde a la jurisdicción ordinaria revisar, si los actos jurídicos de translación del dominio del
- Toda la prueba permite establecer que el vehículo objeto del proceso, se encontraba bajo la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorarios en favor del abogado que contestó el recurso, en la suma de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
