Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0743/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0743/2019-RRC

    Fecha: 09-Sep-2019

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 50/2016 de 7 de febrero (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • En el inc
    • La parte recurrente solicita que previa admisión del recurso sea declarado procedente y se deje
    • Mediante Auto Supremo 894/2018-RA de 27 de septiembre, cursante de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • El Tribunal de Sentencia Penal N° 6 de la Capital del Departamento de Cochabamba, declaró
    • Efectivamente, el inmueble comprometido en venta fue alquilado por el procesado y sus cuatro hijos
    • Sobre el delito de Estelionato no ha existido venta definitiva del inmueble solo un compromiso
    • El Auto de Vista de 11 de junio de 2018, destacó inicialmente que el recurrente
    • Después de efectuar una consideración de la fundamentación afirmó que en la sentencia recurrida el
    • En el caso presente, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada vulneró el debido
    • Conforme al contenido del recurso, la denuncia de falta de fundamentación y motivación del Auto
    • Toda vez que, la competencia de la Sala fue abierta ante la denuncia de lesión
    • El art
    • La falta de fundamentación y motivación de una resolución judicial, sin duda constituye un
    • “La exigencia de motivación es una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
    • Cuando a tiempo de emitir un decisorio, los Tribunales no observan los presupuestos señalados supra,
    • Por su parte, el Auto Supremo 251/2012-RRC de 12 de abril, en su doctrina legal
    • El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
    • Cabe aclarar que los AS 490/2015-RRC de 17 de julio se refiere a situaciones específicas
    • Como se ha señalado, el recurrente considera lesionados sus derechos al debido proceso en su
    • El presente análisis fue admitido, ante la denuncia de lesión al debido proceso en su
    • Al efecto, sobre el primer reclamo referido a la omisión de consideración y valoración
    • Hasta aquí ciertamente, se puede afirmar que el Tribunal de apelación no observó el art
    • En ese ámbito, el apelante tiene la obligación no solo de identificar que prueba no
    • Respecto a la valoración de la prueba, como ha señalado la doctrina legal aplicable de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Fdo
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca