Auto Supremo AS/0743/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0743/2019-RRC

Fecha: 09-Sep-2019

En ese ámbito, el apelante tiene la obligación no solo de identificar que prueba no


En ese ámbito, el apelante tiene la obligación no solo de identificar que prueba no hubiera sido valorada o insuficientemente valorada sino además como la ausencia o falencia de fundamentación ha sido trascendental para la determinación que se asume en la sentencia, en ese ámbito, como se ha señalado el recurso de apelación restringida cumplió aunque de manera desordenada con su obligación de identificar qué prueba considera no fue valorada y la incidencia que acarrea la falta de valoración. El Auto de Vista, efectivamente dio una respuesta insuficiente por genérica respecto del reclamo del acusador particular que de manera específica y concreta se refirió a hechos concretos vinculados a la prueba desfilada en el juicio oral, que en su opinión eran trascendentales para la definición de la responsabilidad penal del imputado respecto al delito de Estafa, en ese sentido dada la respuesta insuficiente que no responde al reclamo realizado por el recurrente es evidente la vulneración del derecho a la debida fundamentación y motivación que reclama el recurrente y por lo tanto la concurrencia de un defecto absoluto con el añadido que conforme los fundamentos del recurso de casación se ha fundamentado también la existencia del agravio, por lo que corresponde disponer la nulidad del Auto de Vista, al resultar fundado esta parte del reclamo planteado por el recurrente