Auto Supremo AS/0743/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0743/2019-RRC

Fecha: 09-Sep-2019

En el caso presente, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada vulneró el debido


Con relación al defecto previsto por el art. 173 del CPP, señaló que la apelación no establece fundamentos claros sobre ese particular pero que la sentencia describió, analizó y valoró las siguientes pruebas de cargo: declaraciones testificales y las pruebas documentales presentadas por la parte del acusador particular, por lo que no era evidente que el Tribunal de Sentencia hubiera emitido una sentencia sin fundamento; con esos argumentos declaró improcedente la apelación.

III. VERIFICACIÓN DE LA VULNERACIÓN DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO EN SU ELEMENTO DEBIDA FUNDAMENTACION, MOTIVACIÓN Y VALORACIÓN DE LA PRUEBA

En el caso presente, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada vulneró el debido proceso en su elemento debida fundamentación, motivación y valoración de la prueba porque no dio respuesta a su reclamo de que la sentencia no valoró las pruebas incorporadas de su parte que demostraba la comisión del delito de Estafa por parte del imputado, limitándose a afirmar que la sentencia fijó en forma clara y precisa las circunstancias y hechos, realizó la valoración de los medios esenciales de prueba, otorgándole el valor correspondiente a cada prueba sin especificar de qué manera se valoró los medios de prueba y cuáles serían esos medios probatorios considerados esenciales. Tampoco, existiría el control de logicidad