I.1.1. Motivo del recurso de casación
Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Oscar Jimmy Treviño Ramírez interpuso recurso de apelación restringida (fs. 292 a 311), resuelto por Auto de Vista de 11 de junio del 2018, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada, motivando la formulación del recurso de casación sujeto al presente análisis.
I.1.1. Motivo del recurso de casación
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 50/2016 de 7 de febrero (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- En el inc
- La parte recurrente solicita que previa admisión del recurso sea declarado procedente y se deje
- Mediante Auto Supremo 894/2018-RA de 27 de septiembre, cursante de fs
- II.1.De la Sentencia
- El Tribunal de Sentencia Penal N° 6 de la Capital del Departamento de Cochabamba, declaró
- Efectivamente, el inmueble comprometido en venta fue alquilado por el procesado y sus cuatro hijos
- Sobre el delito de Estelionato no ha existido venta definitiva del inmueble solo un compromiso
- El Auto de Vista de 11 de junio de 2018, destacó inicialmente que el recurrente
- Después de efectuar una consideración de la fundamentación afirmó que en la sentencia recurrida el
- En el caso presente, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada vulneró el debido
- Conforme al contenido del recurso, la denuncia de falta de fundamentación y motivación del Auto
- Toda vez que, la competencia de la Sala fue abierta ante la denuncia de lesión
- El art
- La falta de fundamentación y motivación de una resolución judicial, sin duda constituye un
- “La exigencia de motivación es una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- Cuando a tiempo de emitir un decisorio, los Tribunales no observan los presupuestos señalados supra,
- Por su parte, el Auto Supremo 251/2012-RRC de 12 de abril, en su doctrina legal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Cabe aclarar que los AS 490/2015-RRC de 17 de julio se refiere a situaciones específicas
- Como se ha señalado, el recurrente considera lesionados sus derechos al debido proceso en su
- El presente análisis fue admitido, ante la denuncia de lesión al debido proceso en su
- Al efecto, sobre el primer reclamo referido a la omisión de consideración y valoración
- Hasta aquí ciertamente, se puede afirmar que el Tribunal de apelación no observó el art
- En ese ámbito, el apelante tiene la obligación no solo de identificar que prueba no
- Respecto a la valoración de la prueba, como ha señalado la doctrina legal aplicable de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
