Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0743/2019-RRC
Fecha: 09-Sep-2019
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 50/2016 de 7 de febrero (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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En el inc
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La parte recurrente solicita que previa admisión del recurso sea declarado procedente y se deje
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Mediante Auto Supremo 894/2018-RA de 27 de septiembre, cursante de fs
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II.1.De la Sentencia
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El Tribunal de Sentencia Penal N° 6 de la Capital del Departamento de Cochabamba, declaró
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Efectivamente, el inmueble comprometido en venta fue alquilado por el procesado y sus cuatro hijos
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Sobre el delito de Estelionato no ha existido venta definitiva del inmueble solo un compromiso
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El Auto de Vista de 11 de junio de 2018, destacó inicialmente que el recurrente
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Después de efectuar una consideración de la fundamentación afirmó que en la sentencia recurrida el
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En el caso presente, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada vulneró el debido
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Conforme al contenido del recurso, la denuncia de falta de fundamentación y motivación del Auto
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Toda vez que, la competencia de la Sala fue abierta ante la denuncia de lesión
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El art
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La falta de fundamentación y motivación de una resolución judicial, sin duda constituye un
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“La exigencia de motivación es una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
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De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
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Cuando a tiempo de emitir un decisorio, los Tribunales no observan los presupuestos señalados supra,
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Por su parte, el Auto Supremo 251/2012-RRC de 12 de abril, en su doctrina legal
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El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
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Cabe aclarar que los AS 490/2015-RRC de 17 de julio se refiere a situaciones específicas
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Como se ha señalado, el recurrente considera lesionados sus derechos al debido proceso en su
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El presente análisis fue admitido, ante la denuncia de lesión al debido proceso en su
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Al efecto, sobre el primer reclamo referido a la omisión de consideración y valoración
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Hasta aquí ciertamente, se puede afirmar que el Tribunal de apelación no observó el art
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En ese ámbito, el apelante tiene la obligación no solo de identificar que prueba no
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Respecto a la valoración de la prueba, como ha señalado la doctrina legal aplicable de
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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Fdo
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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