Auto Supremo AS/0896/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0896/2019

Fecha: 06-Sep-2019

Bajo ese contexto, afirma que el valor probatorio que prevé el art


Bajo ese contexto, afirma que el valor probatorio que prevé el art. 190.I de la Ley N° 603, no fue considerado de acuerdo al art. 206.II y 144.I de la Ley Nº 439, concordante con el art. 1318.I, II num. 2 y IV del Código Civil, no pudiendo renunciar o modificar por presunción judicial de acuerdo al art. 356.I de la Ley Nº 603, sin embargo, se quebrantó su derecho al debido proceso y el art. 113 del Código de Familia Ley Nº 10426 de 23 de agosto de 1972 sobre la presunción de comunidad, infringiendo además el art. 189 inc. c) de la Ley Nº 603, ya que por interacción de los sujetos procesales se estableció el domicilio conyugal, hasta el 2017