Auto Supremo AS/0896/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0896/2019

Fecha: 06-Sep-2019

VISTOS: El recurso de casación de fs

VISTOS: El recurso de casación de fs. 392 a 397, interpuesto por Eduarda Balboa Patty, contra el Auto de Vista Nº S-231/2018 de 20 de julio, de fs. 383 a 385 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso de división y partición de bienes gananciales, seguido por Luis Challco Blanco contra la recurrente, la contestación de fs. 399 a 400, el Auto de Concesión de 25 de enero de 2019 de fs. 401, Auto Supremo de Admisión N° 312/2019-RA que cursa de fs. 439 a 440, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
El Juez Público de Familia Nº 9 del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Sentencia N° 053/2017 de 31 de marzo, cursante de fs. 310 a 312, declarando PROBADA EN PARTE la demanda interpuesta por Luis Challco Blanco, en consecuencia determinó partible al 50% las mejoras del bien inmueble registrado bajo la partida computarizada No. 01286555 de 17 de septiembre de 1973 y partible al 50% el lote de terreno adquirido mediante Escritura Pública No. 191/1983 de 142 m2, con registro en Derechos Reales bajo la matricula vigente N° 2.01.0.99.0162773 de fs. 6, sin afectar disposiciones técnicas que emanan del Gobierno Municipal de La Paz, asimismo, dispuso que ejecutoriada la sentencia las partes deberán acreditar en el plazo de diez días hábiles el monto del avalúo de las mejoras para su cómoda división y partición del lote “A” en el mismo plazo también deberán acreditar la división y partición viable y aceptable por normas municipales en vigencia con referencia al lote “B”