Auto Supremo AS/0896/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0896/2019

Fecha: 06-Sep-2019

No obstante, en el Considerando II num

No obstante, en el Considerando II num.1, en cuanto a la ganancialidad de la construcción de la vivienda, se limitó a señalar sólo las mejoras, ya que el demandante no acreditó que su propiedad de 125.90 m2 colindante al bien ganancial haya sido adquirido junto a una construcción, la cual arguye fue realizada en el año 1978 en vigencia del matrimonio, y que inclusive el demandante vive en la tercera planta de la vivienda