Auto Supremo AS/0896/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0896/2019

Fecha: 06-Sep-2019

El ad quem confirmó la sentencia que no considera la ganancialidad de la construcción de


Asimismo, procedió a citar normativa acerca del principio de la verdad material, para luego concluir que la Juez A quo dio cumplimiento al art. 361 del Código de las Familias y del Proceso Familiar que en la vigencia de la relación matrimonial se forma la comunidad de gananciales, sin embargo, cuando el matrimonio es disuelto produce consecuencias jurídicas patrimoniales y extra patrimoniales, como son la división y partición o terminación de la comunidad regulada por el art. 198 y siguientes del mismo cuerpo legal. Y que la juzgadora al emitir la sentencia efectuó una compulsa de los datos del proceso, de acuerdo a procedimiento.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
El ad quem confirmó la sentencia que no considera la ganancialidad de la construcción de un inmueble