Posteriormente haciendo referencia a la carga de la prueba en materia procesal, y la
Posteriormente haciendo referencia a la carga de la prueba en materia procesal, y la normativa que la regula, el ad quem advierte que fue inobservada por la apelante, estableciendo que por escrito de fs. 161, la demandada solicitó se expida de oficio a la Sub alcaldía de Cotahuma para que se realice levantamiento del plano actual del terreno con partida computarizada Nº 01286555 de 11 de septiembre de 1973, considerando la afectación de la calle, petición que no fue deferida favorablemente por la a quo que la ley le franquea para acusar de vulneratoria esta denegatoria tácita de petición de oficios, convalidando la actuación de la Jueza de primera instancia y si bien fue reiterada ficha petición en la audiencia complementaria cuya Acta de fs. 287 a 291, la jueza dispuso se dirijan oficios solicitados por ante la Alcaldía de Cotahuma para que se proceda a la verificación de los trazos de las propiedades de las partes en contienda sobre los dos lotes de terreno ubicados en la intersección de la calle 1 y calle Adolfo Gonzales de la zona de Sopocachi, de propiedad de las partes, sin embargo dichos oficios no fueron diligenciados por la apelante pese al tiempo transcurrido hasta la emisión de la Sentencia incumpliendo la parte recurrente con la carga de la prueba que le impone la ley, por lo que su negligencia no puede ser salvada por la Juez A quo, quien se pronunció sobre todos los medios de prueba ofrecidos y producidos por las partes en la causa
- Proceso: División y partición de bienes gananciales
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Contra la referida Resolución, Eduarda Balboa Patty interpuso recurso de apelación por memorial de fs
- Posteriormente haciendo referencia a la carga de la prueba en materia procesal, y la
- El ad quem confirmó la sentencia que no considera la ganancialidad de la construcción de
- La recurrente aduce que el Auto de Vista impugnado confirmó la Sentencia que no
- No obstante, en el Considerando II num
- Bajo ese contexto, afirma que el valor probatorio que prevé el art
- Añadiendo que bajo el principio de verdad material según el art
- CONSIDERANDO III
- El matrimonio es una institución antigua que a través del tiempo se fue desarrollando y
- El Código de las Familias y del Proceso Familiar Ley Nº 603, en el art
- El régimen de la comunidad de gananciales está compuesto por los bienes propios con los
- La determinación de los bienes propios y comunes –según manifestamos- se encuentra claramente descrita y
- La forma común de conclusión de la comunidad ganancial es por disolución del vínculo conyugal
- III.2. De las presunciones
- Alexander Rioja Bermúdez, mantiene: “La presunción es el razonamiento lógico – critico que a partir
- En el ámbito procesal existen dos tipos de presunción, legal y judicial; como su nombre
- De la presunción judicial Víctor de Santo, indica: “Las presunciones judiciales tiene la finalidad de
- Finalmente, el Auto Supremo Nº 295/2013 de 07 de junio, informa: “Para orientar el presente
- CONSIDERANDO IV
- La recurrente reclamó que se dispuso la división de la ganancialidad de 50% de las
- En el caso de autos, se evidencia que ambas partes contrajeron matrimonio el 2 de
- Por su parte la demandada Eduarda Balboa Patty por escrito de fs
- Ahora bien, tramitada la causa, mediante la Sentencia Nº 053/2017 de 31 de marzo, cursante
- Asimismo, con relación a la infracción de la normativa aludida por la recurrente y de
- Por cuyos motivos no se ha constatado la vulneración de las normas
- Razones por las que al haberse advertido que el Auto de Vista responde congruentemente a
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorarios en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
