Auto Supremo AS/0938/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0938/2019

Fecha: 23-Sep-2019

Lo que nos conduce a inferir que los recurrentes no han tomado en cuenta que

Lo que nos conduce a inferir que los recurrentes no han tomado en cuenta que el objeto de su demanda gira en torno al contrato inmerso en la Escritura Pública Nº 277/2016 de 20 de febrero y no así en relación al contrato de fs. 27 a 29 de obrados, pues pretender que el Ad quem o este Tribunal de casación acoja la acción de resolución del contrato inmerso en la mencionada E.P. Nº 277/2016 en base a lo estipulado en el contrato de fs. 27 a 28 de obrados, escapa del marco lógico y coherente que debe revestir el planteamiento de una acción de este tipo, ya que el contrato de fs. 27 a 28 constituye un contrato diferente e independiente al contrato inmerso en la E.P. 277/2016, por lo cual el mismo no puede constituir prueba para demostrar el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato de fs. 29 a 31